jueves, 12 de mayo de 2022

131. DESTRUCCION EN CIERNES. VI.

 


Sube, sube la espumita…

             Pero no se trata de la espumita de una Heineken, Austral, Kunstmann u otra,  sino de las páginas que a diario suma el borrador de la Constitución aprobada por el pleno hasta la fecha. El primer apronte de Toribio era que se llegaría a las 100 páginas aproximadamente, pero confiesa que erró en forma notoria, pues al 9 de mayo alcanzaba la cantidad de 138 páginas y seguramente al término del proceso estaría cercano a las 200; y no se trata precisamente de una novela de la Agatha Christie o de Isabel Allende, sino con serios problemas de redacción, concordancia y el empleo abusivo del lenguaje inclusivo, lo que hace la lectura monótona y desagradable.

            Como se ha afirmado hasta el cansancio, la supuesta “casa de todos” quedó solo como slogan cliché y de enganche, en especial para la chusma inconsciente  -recordando al León de Tarapacá- que colma la galería y los ideologizados de gran parte del arco iris político.

         Toribio, esperando contribuir a los que no se darán el trabajo de leerla, que será la inmensa mayoría de los chilenos, ha preparado una pequeña lista al Viejo Pascuero -emulando a Ravinet- que encierra el borrador- con elementos que Santa Claus no podrá satisfacer:

En relación con:

1.     Paridad y Perspectiva de género:

a.  El Estado reconoce y promueve una sociedad en la que mujeres, hombres, diversidades y disidencias sexo genéricas participen en condiciones de igualdad sustantiva (…) deberán tener una composición paritaria que asegure que, al menos, el 50% de sus integrantes sean mujeres (…) El Estado adoptará medidas para la representación de diversidades y disidencias de género a través del mecanismo que establezca la ley. El Estado promoverá la integración paritaria en sus instituciones y en todos los espacios públicos y privados

b.  La ley arbitrará los medios para incentivar la participación de las personas de las diversidades y disidencias sexuales y de género en los procesos electorales.

c.   Todos los órganos autónomos se rigen por el principio de paridad. Se promueve la implementación de medidas de acción afirmativa, asegurando que, al menos, el 50% sean mujeres.

d.  El número de representantes regionales deberá ser el mismo para cada región y en ningún caso inferior a tres, asegurando que final el órgano respete el principio de paridad.

Está claro que cuando se habla de hombres, mujeres se refiere al sexo; y cuando se emplea el término de género alude a las diversidades y disidencias de sexo, que en algunos países se han identificado decenas y muchas de ellas absolutamente reñidas con la moral. Por otra parte, insistir en la paridad y al menos en un 50%, es menospreciar al sexo femenino.

2.    Referente al funcionamiento del Congreso.

a.  Para ser elegido miembro del Congreso o representante regional se requiere ser ciudadano con derecho a sufragio y haber cumplido dieciocho años de edad. Se rebaja de 21 y 35 años respectivamente. 

b.  Se restringen las facultades del presidente de la república con el trámite de leyes de concurrencia presidencial mediante la entrega del patrocinio del proyecto. 

c.  Las leyes deberán ser aprobadas, modificadas o derogadas por la mayoría de los miembros presentes en el Congreso al momento de su votación.

d.   Para ser elegido Pdte. de la Rep. el requisito de edad son 30 años cumplidos. Se rebajan 5 años de la norma vigente.

e.   En las votaciones populares será obligatorio para las personas que hayan cumplido 18 años y voluntario para las personas de 16 y 17 años de edad.

f.   El Estado promoverá el ejercicio activo y progresivo de los derechos de participación derivados de la ciudadanía, incluyendo  personas privadas de libertad.

g.   El Estado debe promover (…) los derechos de niños y adolescentes, resguardando su interés superior, su autonomía progresiva (…)

h.   La declaración de culpabilidad cuando se trate de una acusación en contra del Pdte. de la Rep. o de un gobernador regional requiere los dos tercios de los representantes regionales; y por la mayoría en los demás casos.

3.    Organismos autónomos

a.  Cada Comuna Autónoma tendrá un Estatuto Comunal elaborado y discutido por el Concejo Municipal.

b.  Las comunas por ley general o especial, podrán establecer empresas públicas o participar en ellas, ya sea individualmente o asociadas con otras entidades públicas o privadas (…)

c.   Son territorios especiales Rapa Nui y el Archipiélago Juan Fernández, los cuales estarán regidos por sus respectivos estatutos. (…) la ley podrá crear territorios especiales en virtud de las particularidades geográficas, climáticas (…)

d.  Para el cumplimiento de los fines establecidos en la creación de territorios especiales, el Estado y las entidades autónomas deberán destinar recursos de sus presupuestos respectivos.

e.  Los gobiernos regionales y locales podrán emitir deuda en conformidad a lo que disponga la ley,

f.  En cada región existirá, al menos, una universidad estatal y una institución de formación técnico profesional de nivel superior estatal.

4.    Pueblos originarios

a.   El Estado reconoce la coexistencia de 11 naciones y pueblos en el marco de la unidad del Estado y otros que puedan ser reconocidos en la forma que establezca la ley.

b.  Los escaños reservados en el Congreso para los pueblos y naciones indígenas serán elegidos en un distrito único nacional en forma proporcional a la población indígena en relación con la población total del país.

c. Las Autonomías Territoriales Indígenas son entidades territoriales dotadas de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, donde los pueblos y naciones indígenas ejercen derechos de autonomía (…) Es deber del Estado reconocer, promover y garantizar las Autonomías Territoriales Indígenas,

d.  El Estado deberá realizar transferencias directas incondicionales a las entidades territoriales que cuenten con ingresos fiscales inferiores a la mitad del promedio ponderado de estas.

e.  El Estado reconoce y garantiza Constitución, el derecho de los pueblos y naciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos. La restitución constituye un mecanismo preferente de reparación, de utilidad pública e interés general.(…) los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a utilizar los recursos que tradicionalmente han usado u ocupado, que se encuentran en sus territorios y sean indispensables para su existencia colectiva

f.  Se reconoce a los pueblos y naciones indígenas el uso tradicional de las aguas situadas en autonomías territoriales indígenas o territorios indígenas.

g.  El Estado reconoce el derecho de los pueblos y naciones indígenas a preservar, revitalizar, desarrollar y transmitir los conocimientos tradicionales y saberes.

h.   Los pueblos y naciones preexistentes tienen derecho a obtener la repatriación de objetos de cultura y de restos humanos pertenecientes a los pueblos.

i.  La Constitución reconoce los derechos culturales del Pueblo Tribal Afrodescendiente chileno, y asegura su ejercicio, desarrollo, promoción, conservación y protección.

j.   Los pueblos y naciones indígenas y sus miembros tienen derecho a la identidad e integridad cultural, y a que se reconozcan y respeten sus cosmovisiones, formas de vida e instituciones propias.

       Definitivamente el proyecto de la nueva Constitución no será el hogar de todos los chilenos, donde  tendríamos igualdad de derechos, justicia y equidad, sino claramente se ha redactado una constitución indigenistas siguiendo la pauta del ex guerrillero y terrorista García Linera en Bolivia –gurú político intelectual de Boric y Jackson- y del foro de Sao Pablo como una herramienta de los neo marxistas para destruir nuestra nación y el Estado forjado a través de más de 200 años, creando derechos en desmedro del resto de los chilenos mestizos que constituimos un abrumadora mayoría. Sin perjuicio de lo anterior, de ser aprobada este engendro diabólico será repetir la anarquía de la macro-zona sur en los 11 territorios que reclaman quienes se consideran asimismo pueblos originarios.

                No se pierda el próximo capítulo de esta teleserie de terror

VOTA RECHAZO Y ENTREGARAS A TUS HIJOS UNA REPUBLICA EN LIBERTAD

Fernando Hormazábal Díaz

General de Brigada (R)

 Si estimas de importancia te ruego difundir

 

6 comentarios:

  1. Efectivamente, no puede ser la casa de todos. El proyecto de Constitución, pareciera que no está desarrollado por chilenos, ni para los chilenos .

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  2. Este proyecto de constitución es un mamarracho y espero que por el bien de Chile todas las personas
    con un mínimo de inteligencia votemos RECHAZO

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  3. El termino mamarracho le viene como anillo al dedo, sin uña, al escrito al que alude el sabio Toribio

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  4. ...y por lo tanto no hay que ser muy "letrado" pa aplicarselo a la caterba de mamarra hos que tratan de escribirlo

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  5. Gracias..querido Toribio...no tienes nada de naufrago pero insisto no puedo deslucir

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  6. Tus bellos conceptos vertiendo tus margaritas a mos cerdos...VIVA CHILE MIBRE, mierda....

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237. ¡OH LA JUSTICIA MILITAR!

  Voces de papagayos             A ctualmente  Chile está invadido de papagayos, y no son los loros que han migrado en grandes cantidades ...